Puerto

Prevención de riesgos laborales

La Autoridad Portuaria de Ceuta tiene implantado un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo con el objeto de desarrollar su política de seguridad y salud y gestionar de forma adecuada los riesgos asociados a la prestación de sus servicios.
El éxito de esta implantación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se refleja en el Certificado nº 79525-210-HSO-IBE-DNV.
Este Sistema de Gestión garantiza al Puerto de Ceuta:

  • Mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo con la eliminación, reducción y control de los riesgos asociados a las actividades que se desarrollan.
  • Reducción de la siniestralidad laboral al prevenir los accidentes y enfermedades profesionales, mejorando la motivación de los trabajadores al reducir daños y deterioro de la salud.
  • Cumplimiento de la política y consecución de los objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidos por la Autoridad Portuaria de Ceuta.
  • Cumplimiento de la normativa aplicable existente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y potros requisitos que la Autoridad Portuaria de Ceuta tiene suscritos.
  • Permite evaluar los resultados del desempeño de la actividad preventiva desarrollada, aportando información para el análisis y al mejora continua de la misma.
  • Establecimiento de medidas de prevención y protección más efectivas.

Coordinación de actividades empresariales

Con motivo del desarrollo de una política encaminada a la protección de la seguridad y a salud en el trabajo, contenidas tanto en el estatuto de los trabajadores, como fundamentalmente, en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, ésta Autoridad Portuaria de Ceuta se ha marcado como objetivo prioritario, el garantizar la salud y seguridad de los trabajadores que desarrollen actividades en sus instalaciones.

Así, atendiendo al punto 1 del artículo 24º de la citada Ley 31/1995, desarrollado posteriormente por el R.D.171/2004, hay que significar que:

  1. «Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollan actividades los trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención».
  2. En el mismo sentido, se advierte que según el punto 3 del mismo desarrollo normativo «las empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia activad de aquellas y que se desarrollen en sus centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la legislación en materia de prevención». Igualmente ocurrirá con la contratación de trabajadores autónomos.
  3. Para dar cumplimiento en lo que respecta a esta Entidad en lo anteriormente expuesto y con el fin de suministrarles la información relacionada con los riesgos que puedan afectar a sus trabajadores o usuarios y las medidas preventivas adoptadas, así como las medidas a seguir en caso de emergencia, para que les sean trasladadas a los mismos, se advierte lo siguiente:
  • En la Zona de Servicio del Puerto, se establece una zonificación portuaria, utilizando para ello criterios tanto geográficos como de actividad, de forma que se obtengan niveles homogéneos de riesgo, y describiendo en cada una de las actividades que se realizan y que caracterizan la zona.
  • Teniendo en cuenta la zonificación anterior, la Autoridad Portuaria de Ceuta, analiza y adopta las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando su correcto funcionamiento.
  • En consideración a la actividad general de manipulación, almacenamiento y transporte de mercancías clasificadas como peligrosas, se dispone de un Estudio de Seguridad y un Plan de Emergencia Interno actualizado, de acuerdo a las directrices del RD145/89 de 20 de enero, que desarrolla el Reglamento de admisión, manipulación y almacenamiento de éstas en los puertos.

Sobre la base de lo anterior, se informa que los riesgos propios de la mencionada Zona de Servicio del Puerto, las medidas de protección y prevención correspondientes y las medidas de emergencia que se establecen en la misma se encuentran identificados en los distintos Estudios y Planes de Emergencias y quedan a su disposición en la División de Conservación, Seguridad y Medio Ambiente de esta Autoridad Portuaria, sita en el Muelle de España-Torre de Capitanía-y 24 x 24horas/365días, en las comunicaciones con el Centro de Coordinación de Servicios que se adjuntan.

Centro de Coordinación de Servicios

Tlfnos: 900580580/ 956527012

FAX: 956527010

VHF: 166,750 MHZ (CANAL DE EMERGENCIAS AUTORIZADO)