Programación
Evaluación
Comunicación
CT1A3006E001.- ACONDICIONAMIENTO DEL ATRAQUE Nº1 DEL MUELLE CAÑONERO DATO
Descripción:
Las obras han consistido en dotar al atraque nº1 del muelle Cañonero Dato de una nueva infraestructura que consiste en una rampa ro/ro, así como la consolidación del muelle tras la aparición de una grieta longitudinal a lo largo del mismo como consecuencia de un descalce en su cimentación provocada por las turbulencias originadas durante más de cuatro décadas por los sistemas de propulsión de los buques.
Presupuesto de adjudicación: 910.264,54 €/Año 2021.
Situación:
Obra certificada en su totalidad en el año 2021 y recepcionada con fecha 22 de noviembre.
CT1D3001D001.- ADQUISICIÓN DE NUEVAS PASARELAS PARA LA ESTACIÓN MARÍTIMA
Descripción:
El suministro consiste en la fabricación, entrega e instalación de 4 pasarelas móviles para el embarque/desembarque de pasajeros en la Estación Marítima.
Presupuesto de adjudicación: 3.180.000,00 €
Situación:
Se ha procedido a la entrega del proyecto de ejecución, con lo que se ha certificado en este año el importe de 127.200,00 €. Estando pendiente la entrega de las pasarelas para el 2022.
CT1C3002E001.- ACTUACIONES DE MEJORA PARA LA ESTACIÓN MARÍTIMA
Descripción:
La terminal de pasajeros existente, asentada sobre los terrenos del muelle Cañonero Dato, está situada en la parte más industrial de la ciudad, a aproximadamente 1 km del centro, y a 4 km de la frontera marroquí. La superficie total del edificio terminal de pasajeros existente es de 4.560 m2, siendo de uso público unos 4.000 m² y el resto para uso de fuerzas de seguridad, cuartos técnicos y de servicio. En las inmediaciones de la terminal existen dos aparcamientos: uno para empleados, con una capacidad de 40 vehículos, y otro de uso público, con una capacidad de 160 plazas.
Por su parte, la superficie total de las galerías elevadas de embarque-desembarque existentes es de 2.650 m². Estas constan de dos plantas, siendo en el nivel de la planta alta donde se desarrollan las comunicaciones de acceso a cada una de las cuatro alineaciones o atraques del muelle del Cañonero Dato, en las que atracan los buques de pasaje. En el nivel de planta baja de estas galerías se ubican diversos locales, algunos de los cuales están concesionados.
Presupuesto Base de Licitación: 18.660.174,41 €, distribuido de la siguiente manera:
Año 2022: 7.688.515,93 €
Año 2023 10.216.415,30 €
Año 2024 755.243,18 €
Situación: En licitación
Anuncios:
• En el DOUE 2021/S 208-543195 de 26/10/2021
• En el B.O.E. núm. 284, sábado 27/11/2021
Institucional
Información Institucional, Organizativa y de Planificación
Información Institucional
La Autoridad Portuaria de Ceuta es el organismo público a quien corresponde la gestión del Puerto de Ceuta, puerto de interés general integrado en el sistema portuario de titularidad estatal, constituido por un total de 28 autoridades portuarias y el organismo público Puertos del Estado, al que corresponde la coordinación y el control de eficiencia del sistema portuario.
Competencias de la Autoridad Portuaria
La Autoridad Portuaria de Ceuta se rige por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. De acuerdo con dicho Real Decreto Legislativo, desarrolla las siguientes competencias en el Puerto de Ceuta:
• La prestación de los servicios generales, así como la gestión y control de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otros organismos.
• La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
• La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tengan encomendadas, con sujeción a lo establecido en esta ley.
• La gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que les sea adscrito.
• La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tengan asignados.
• El fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario.
• La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.
• La ordenación y coordinación del tráfico portuario, tanto marítimo como terrestre.
Información Organizativa
En este apartado se publica la composición del Consejo de Administración, el organigrama de la Autoridad Portuaria y el perfil de los responsables de la institución:
• Consejo de Administración
• Organigrama
• Perfil Presidente
• Perfil Director
Información de Planificación
El Plan de Empresa es el instrumento mediante el cual, en base al diagnóstico de situación, a las previsiones de tráfico portuario y a las previsiones económico-financieras, se definen los objetivos de gestión, los objetivos e indicadores de sostenibilidad ambiental, la estructura de personal y la oferta de empleo, así como la programación financiera y de inversiones del período programado. También en dicho Plan se fija el objetivo anual de rentabilidad de la Autoridad Portuaria y los coeficientes correctores de las tasas, así como las bonificaciones.
El Plan de empresa se formula por la Autoridad Portuaria y se somete a la aprobación del Consejo Rector de Puertos del Estado.
• Presupuesto Plan de Empresa
• Objetivos de Gestión
Gestión
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES A FINANCIAR CON CARGO AL PROGRAMA OPERATIVO CEUTA 2014-2020 FEDER
Dentro del Programa Operativo FEDER CEUTA 2014/2020 se han incluido una serie de actuaciones correspondientes al Plan de Inversiones 2018-2023 de la Autoridad Portuaria Ceuta como beneficiarias de dicho Programa. Estas actuaciones tienen como principal objetivo mejorar las condiciones de seguridad y accesibilidad en el tráfico de pasajeros y mercancías a la Estación Marítima de Ceuta, siendo también un primer paso dentro del objetivo futuro de la reordenación de espacios portuarios y de la futura interacción Puerto- Ciudad. Todo lo que está comprendido en el Eje prioritario 7: “promover el transporte sostenible y eliminar los obstáculos en las infraestructuras de la red”.
ACTUACIONES QUE AFECTAN A LA ESTACIÓN MARÍTIMA Y SUS ATRAQUES
CT1C3001E.- NUEVO COMPLEJO PARA EL TRÁFICO DE PASAJEROS Y VEHÍCULOS.
La inversión consiste en una serie de actuaciones encaminadas a mejorar las condiciones de accesibilidad a la Estación Marítima de Ceuta que incluye obras e instalaciones para reforzar la seguridad tanto del tráfico de pasajeros como de buques, el acceso de estos y la ordenación de superficies y edificios en la terminal. Para ello se actuará en tres líneas:
a) Mejora del frente marítimo en la línea de atraque para permitir la operación de buques ferry removiendo la restricción existente por manga mediante la dotación de nuevas rampas con la anchura suficiente para las dimensiones de los ferris que pueden operar.
b) Mejora de las instalaciones para el embarque y desembarque de pasajeros, ordenando los flujos y dotando de nuevos medios para hacer posible el acceso de los pasajeros desde la estación marítima y el muelle a los buques de pasaje y viceversa.
c) Mejora de las infraestructuras de acceso al buque que se conseguirá mediante la ordenación y ampliación de espacios necesarios para el embarque y desembarque de pasajeros, aparcamientos para vehículos, etc.
CT1C3004E.- ACTUACIONES DE MEJORA PARA LA ESTACIÓN MARÍTIMA.
Estas actuaciones abarcan por un lado la adecuación de las instalaciones existentes de la Estación Marítima, formada por dos plantas de 2.500 m2 construidos para mejorar los flujos de embarque/desembarque de los pasajeros que por ella transitan. El principal objetivo de la adecuación de la Estación Marítima consiste en mejorar la accesibilidad y eficiencia energética de las instalaciones ya existentes.
CT1A3006E.- ACONDICIONAMIENTO DEL ATRAQUE Nº1 DEL MUELLE CAÑONERO DATO.
Inversión planificada para implementar un atraque ro/ro fijo para los buques de la línea de pasajeros y consolidar el muelle existente por la erosión de su paramento debido a la continua exposición a los jets de dichas embarcaciones en sus operaciones de atraque/desatraque.
CT1D3001E.- ADQUISICIÓN DE NUEVAS PASARELAS PARA LA ESTACIÓN MARÍTIMA.
Inversión planificada para la adquisición de nuevas pasarelas para la Estación Marítima. El principal objetivo de esta actuación es mejorar y agilizar la prestación de servicios relacionados con el tráfico de pasajeros.
CT1C3003E001.- ACONDICIONAMIENTO DE LA PASARELA FIJA DE ACCESO AL ATRAQUE Nº1 DEL MUELLE CAÑONERO DATO.
Los cambios producidos en los tipos de buques con destino al atraque nº1 del muelle Dato, supuso la necesidad de ampliar la longitud de la galería de atraque a fin de alternar diversas posiciones de la pasarela. Había la existencia en la misma de las oficinas de Gibunco y Estiba, fue necesario reubicarlas en la planta baja. Los trabajos consistieron en la adecuación de los locales de la planta baja, realizando tareas de electricidad, fontanería, cerrajería, etc. para el traslado de dichas oficinas y proceder a la demolición de la galería superior como espacio diáfano; con las mismas características e instalaciones que el resto del atraque.
CT1C3003E002.- ACONDICIONAMIENTO DE LA PLANTA BAJA DE LA ESTACIÓN MARÍTIMA Y ATRAQUE Nº1.
A finales del ejercicio del 2016 se procedió a la incoación del expediente de caducidad de la concesión N.º EB-14, ubicada en la planta baja de la Estación Marítima estando la zona, desde esa fecha, con un vallado provisional. Habida cuenta del estado en el que se encontraba dicho espacio, se procedió a su habilitación con la finalidad de mantener la estética de la planta baja de la Estación Marítima, quedando esta como zona de espera para el embarque de pasaje al ferry.
CT1C3003E003.- ADECUACIÓN DE LA MARQUESINA DEL PREEMBARQUE DE VEHÍCULOS.
Dado el estado en el que se encontraba la marquesina del preembarque de vehículos, en el muelle Cañonero Dato, de 1.158,03 m² de superficie, se procedió a su adecuación mediante el chorreado y baldeado con agua dulce y detergentes de las estructuras vistas (apoyos, uniones, perfiles, chapas, rejas, chapas, techos y pilares).
CT1G3001E135.- ACONDICIONAMIENTO DE LA ACCESIBILIDAD DE LA ESTACIÓN MARÍTIMA.
Con fecha 4 diciembre del año 2018 la Autoridad Portuaria de Ceuta contrató una asistencia técnica a la empresa ILUNIÓN S.L. con el fin de realizar un análisis exhaustivo del entorno de la Terminal de la Estación Marítima y, a la vista de este, planteara los trabajos necesarios para dar cumplimiento a las normativas de accesibilidad. Realizada la valoración de accesibilidad del estado actual de la Estación Marítima, se redactó el “Plan de Accesibilidad de la Terminal Marítima de Ceuta” donde se recogen las propuestas y recomendaciones de intervención para mejorarla dando así cumplimento a la legislación actual.
Las recomendaciones de los trabajos a desempeñar abarcan desde el entorno urbano de aproximación, espacios exteriores y accesos a la propia Estación Marítima (itinerarios exteriores dentro de la parcela, aparcamiento interior, acceso peatonal al edificio, etc., circulación horizontal (vestíbulo de acceso, señalización y punto de información, mostradores de venta de tickets, sala de espera de preembarque, etc.), pasarelas de embarques de pasajeros (Terminales 1, 2, 3 y 4), circulación vertical (escaleras mecánicas, ascensores, rampa), aseos de uso público y señalización para la evacuación del edificio.
OTRAS ACTUACIONES MENORES
CT1A9001E.- DRENAJE DEL MUELLE CAÑONERO DATO.
Los trabajos consistirán en el acondicionamiento del tramex existente por un nuevo caz de alta resistencia, adecuado para altas cargas y descargas de vehículos pesados en la zona del muelle Cañonero Dato, con la finalidad de la recogida de las aguas pluviales, según la norma EN-1433.
CT1B3006E001.- ACONDICIONAMIENTO DE LA RED DE SANEAMIENTO EN EL TRAMO DEL BLOQUE II JOP.
Las obras han consistido en la ejecución de 90 ml de tubería de PVC de 400 mm de diámetro nominal, colocada en zanja previa excavación de esta y demolición del saneamiento existente, discurriendo de forma paralela entre el colegio y el pabellón del bloque II hasta conexión con el bloque I. A esta tubería se le han conexionado las correspondientes derivaciones de las viviendas, mediante arquetas de registro 40×40 cm y 60 cm de profundidad y a los nuevos colectores mediante pozos de registro de 100 cm de diámetro.
Los trabajos se completaron con la reposición del pavimento del vial con una capa de asfalto en frio (capa base + rodadura) sobre losa de hormigón y de la solería de la acera, así como con la colocación de unos bolardos para que imposibiliten el estacionamiento continuado de los vehículos sobre la cera.
Atendiendo a la naturaleza y contenido de las actuaciones anteriormente citadas, entendemos que en el caso que nos ocupa, la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental no es de aplicación a las citadas actuaciones puesto que la ejecución de las mismas no implica efecto significativo sobre el medio ambiente en relación a las innovaciones o transformaciones que puedan generarse sobre la situación existente y atendiendo a los usos y actividades permitidas en el dominio público portuario, reguladas en el Artículo 72 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que establece:
“En el dominio público portuario sólo podrán llevarse a cabo actividades, instalaciones construcciones acordes con los usos portuarios y de señalización marítima, de conformidad con lo establecido en esta ley. A tal efecto, tienen la consideración de usos portuarios los siguientes:
a) Usos comerciales, entre los que figuran los relacionados con el intercambio entre modos de transporte, los relativos al desarrollo de servicios portuarios y otras actividades portuarias comerciales.”
En cuanto a la actuación “Acondicionamiento del atraque nº1 del muelle Cañonero Dato”, su localización está fuera de la zona de influencia de los espacios protegidos ZEPAS ES000197 “Acantilados del Monte Hacho” y ES310001 Calamocarro-Benzú, así como de los LIC “Zona Marítimo terrestre del Monte Hacho” y “Calamocarro-Benzú” no obstante, para llevar a cabo dicho acondicionamiento, será necesario realizar una nivelación del fondo marino mediante la extracción de material lo que implica una valoración para determinar si se trata de un “impacto significativo” según su definición en el apartado 1 a) del artículo 5 de la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.
Evaluación
El momento fundacional básico del actual ordenamiento jurídico portuario estatal parte de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante sobre la que han operado distintas reformas parciales a través de otras leyes: Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante; Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general y Ley 33/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general.
Tras este proceso de evolución normativa, la regulación de la estructura y la gestión del sistema portuario estatal se asienta sobre el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM).
Por último, el TRLPEMM ha sido objeto de sucesivas modificaciones puntuales: Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el años 2012; Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013; Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas; Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014; Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público; Real Decreto Ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas; Orden FOM/163/2014, de 31 de enero, por la que se modifica el anexo III del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre; Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia; Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima; Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia; Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
Derecho de acceso a la información pública.
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española, desarrollados por la Ley de Transparencia.
La información pública es el conjunto de los contenidos o los documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del título I de la Ley 19/2013 de Transparencia de 9 de diciembre, Acceso a la Información y Buen Gobierno y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.