Puerto

Plan de protección

La Autoridad Portuaria de Ceuta en la aplicación del Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo, ha aprobado y establecido un Plan de Protección en el que se figuran una serie de medidas orientadas a aumentar la protección del puerto frente a la amenaza de sucesos o actos ilícitos deliberados que afecten a la protección marítima.

El nuevo plan de protección, actualiza los programas puestos en marcha por el Ministerio del Interior en el 2005 en cumplimiento de las recomendaciones de la comisión del 11-M.

Los nuevos Planes de Protección de Puertos involucran, además del Ministerio del Interior, a todas las instituciones relacionadas con los puertos como la Secretaría General de Transportes del Ministerio de Fomento, Marina Mercante y las diferentes autoridades portuarias.

El protocolo fija tres niveles:

  1. : normal.
  2. : <<medidas de protección adicionales>>.
  3. : ante <<un probable o inminente suceso que afecte a la protección marítima,, aunque no sea posible determinar el blanco concreto>>.

Las autoridades portuarias, ante el temor de un atraque inminente, podrán, por cuenta propia, elevar (nunca disminuir) el nivel de protección, aunque siempre deberán avisar de la contingencia al Ministerio del Interior.

Este departamento, en el caso de un temor fundado, tendrá incluso la potestad de negar la entrada al puerto a cualquier navío bajo sospecha.